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Cuenta vivienda: fiscalidad y oferta

La cuenta vivienda es un producto bancario que permite al titular o titulares ahorrar dinero para adquirir, construir o reformar una vivienda habitual. Este tipo de cuentas tiene una operativa únicamente de ahorro, ya que no permiten hacer las operaciones habituales de las cuentas corrientes (como domiciliar nóminas, tener tarjetas, disponer de efectivo, etc.).

Las cuentas viviendas tenían una ventaja que las hacía muy atractivas; permitía deducir en la declaración de la renta los importes depositadas durante el año a todos los titulares con independencia de sus ingresos mensuales.

Desde el 1 de enero de 2011 la normativa de las deducciones por adquisición de vivienda habitual cambió, afectando también las desgravaciones de las cuentas viviendas; desvirtuando su finalidad.

La reducción de los beneficios fiscales

Con el cambio de normativa, la principal ventaja de las cuentas viviendas, y su atractivo, ha desparecido para las personas con unos ingresos superiores a 24.107,20 euros, ya que han perdido el derecho a deducción. Por otro lado, siguen teniendo beneficios fiscales:

  • Los contribuyentes con ingresos entre 17.707,20 y 24.107,20 euros, aunque sus porcentajes de deducción han sido reducidos.
  • Los contribuyentes con ingresos inferiores a 17.707,20 euros seguirán manteniendo una deducción beneficiosa.

Los titulares que se desgravaron los importes depositados en una cuenta vivienda en el 2010 o en años anteriores, y cuyos ingresos sean superiores a 17.707 euros, no deberán devolver las deducciones practicadas. Es a partir del 1 de enero de 2011 que verán reducida o anulada su posibilidad de deducción.

A partir del 2011 los contribuyentes que durante un año o más pueden disfrutar de la deducción, lo harán con independencia de si en un futuro sus ingresos incrementan por encima del límite. Ya que si un año sus ingresos son mayores a 24.200 euros, sus deducciones iniciales se mantienen y el año que supera los 24.200 euros se pierde el derecho a deducción.

Para poder disfrutar de la ventaja fiscal se deben cumplir dos condiciones:

  1. Todo el saldo de la cuenta debe destinarse a la compra, construcción o rehabilitación de una vivienda habitual.
  2. La primera condición debe realizarse en un máximo de cuatro años desde la apertura de la cuenta.

Si no se cumplen estas condiciones el contribuyente está obligado a devolver las deducciones que se practicaron y además un recargo. Hay que tener en cuenta que se realizó una medida para las cuentas abiertas en el 2004, 2005 y 2006, que se les permitía ampliar el plazo para comprar una vivienda habitual hasta el 31 de diciembre de 2010. Esta medida se hizo por la situación del mercado hipotecario que había en el momento.

Los que disfrutan de la ventaja fiscal de la cuenta vivienda pueden deducirse hasta un máximo de 9.015,18 euros de las cantidades depositadas durante el año en la cuenta. El porcentaje de deducción dependerá según un tramo estatal y otro autonómico.

La oferta de cuentas viviendas

Solamente está permitido tener una cuenta vivienda, por lo cual es importante escoger una con alta rentabilidad. Actualmente en el mercado financiero encontramos las siguientes mejores cuenta vivienda:

  1. Cuenta Vivienda CAIXAGUISSONA de Caixa Guissona: 3% TAE.
  2. Cuenta Vivienda de Banco Caminos: 2,02% TAE.
  3. Cuenta Ahorro Vivienda de Unicaja: 1,75% TAE.
  4. Cuenta Vivienda de Bancaja: 1,75% TAE.
  5. Cuenta Postal Hogar de BanCorreos: 1,50% TAE.
  6. Cuenta Vivienda de Openbank: 1,25% TAE.
  7. Cuenta Vivienda Naranja de ING Direct: 3,50% TAE los 4 primeros meses y el resto 1,20% TAE.
  8. Cuenta vivienda triodos de Triodos Bank: 1,05% TAE.
  9. Cuenta vivienda de Caja Madrid: 0,75% TAE.
  10. Cuenta vivienda premium de Oficinadirecta.com: 0,75% TAE los primeros 3 meses y el resto euribor trimestral – 1,50.

Las personas que tengan unos ingresos por encima de 24.107,20 euros dejaran de contratar este tipo de productos substituyéndolos por cuentas remuneradas o por otros productos de ahorro, que ofrezcan una rentabilidad más elevada. Si no pueden disfrutar de una deducción fiscal, por lo menos que puedan obtener una mayor remuneración por sus ahorros.

¿Está permitido disponer del los ahorros de la cuenta vivienda?

No está permitido, pero se contempla el caso que los titulares utilicen parte de lo ahorros o la totalidad de éstos para fines distintos a la compra, construcción o reforma de la vivienda habitual. En este caso Hacienda sancionará al titular o titulares.

Si la nueva normativa ya desincentivo la contratación de cuentas viviendas para muchos contribuyentes, el hecho de tener que destinar obligatoriamente los ahorros de la cuenta vivienda a la adquisición o rehabilitación de una vivienda habitual es un incentivo más para no contratar este tipo de productos, sobretodo para los que estén en el límite de los 17.700 euros.

Imagen| Stefano A

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