Estás en: Inicio > Bankimia News > Este mes me revisan la hipoteca (agosto 2009)

Este mes me revisan la hipoteca

Francisco LópezPor Francisco López, colaborador de Bankimia,  experto en cuestiones legales.

La revisión de la hipoteca de tipo variable suele frustrar muchas expectativas que se crean por la falta de conocimiento de los términos de nuestro contrato, y por la falta de precisión de muchas noticias que podemos leer en distintos medios.

Para hacernos una idea precisa de los términos de nuestra revisión, primero deberemos acudir a nuestra escritura a comprobar una serie de cláusulas para no llamarnos a engaño :

  • El tipo de referencia: existen hasta siete tipos de referencia oficiales, si bien el más utilizado es el Euribor, conviene acudir al contrato para ver cual es el que tenemos pactado con nuestro banco y no llevarnos a equívoco, por poner un ejemplo: el Euribor del pasado mes de mayo fue el 1,644 mientras que el Tipo Activo de Referencia de las Cajas fue el 4,875, y el Tipo Medio de los Préstamos Hipotecarios a más de tres  años de las Cajas de Ahorro fue el 3,616. También hay que tener en cuenta que estos tipos no son oficiales hasta su publicación por el Banco de España en el BOE. Desde principios de año la publicación del Euribor se ha adelantado considerablemente, produciéndose en los primeros días del mes siguiente al que refiere.
  • El diferencial: aquí hay menos duda, es el porcentaje que hay que sumar al tipo de referencia para obtener el interés nominal. En ocasiones va referenciado a la contratación de productos bancarios y puede resultar laborioso obtenerlo. En algunos casos no existe diferencial, normalmente cuando se pacta el Tipo Medio de Prestamos a más de 3 años
  • La fecha de revisión: es el momento en que nos volverán a calcular el préstamo, lo habitual es realizarlo cada 6 o 12 meses. En esta fecha tomarán nuestro capital pendiente, le aplicarán el tipo de interés que salga de las operaciones arriba indicadas, y volverán a elaborar un cuadro de amortizaciones hasta la próxima revisión.
  • Otra fecha importante es la de publicación de la referencia : la escritura debe indicar la fecha de referencia de nuestro índice. Lo habitual es referirse al publicado el mes anterior, dos meses antes, el vigente el día de la revisión o cualquier otra redacción similar.

Con estos cuatro conceptos claros y nuestra escritura, ya podemos acometer con éxito el cálculo de nuestra letra para el próximo periodo sin llevarnos a equívocos ni errores, con la misma precisión que, a buen seguro, tendrá nuestra entidad, aunque nunca está de más comprobarlo.

 

 

Visite ProblemasconelBanco.com.

 

Esta entrada fue publicada en Hipotecas, Noticias. Guarda el enlace permanente.

Entradas relacionadas

Los comentarios están cerrados.

Bankimia.com no se responsabiliza de los comentarios que se publican.
No introduzcas datos personales o identificativos, tu comentario será público. Si cometes un error, o quieres un comentario envíanos un email a contacto@bankimia.com