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Efectos secundarios de las coberturas de tipos de interés

Francisco LópezPor Francisco López, colaborador de Bankimia,  experto en cuestiones legales.

Estoy apreciando una seria contradicción entre dos normas de rango legal, en ambas se pretende la protección de los consumidores en relación con el mercado hipotecario, pero me temo que una norma está contrarrestando el efecto de la otra.

Por un lado la Ley 2/1994 de 30 de marzo sobre subrogación y modificación de préstamos hipotecarios, ya de larga andadura y diversas reformas, pretende dinamizar este mercado favoreciendo que una entidad pueda suceder a otra en la titularidad del crédito si ofrece mejores condiciones. La primera entidad solo puede aceptar o igualar las condiciones y así enervar la subrogación. También se reducen las comisiones subrogatorias incluidas en los contratos de préstamo hipotecario. Esta norma también recoge beneficios fiscales y relativos a aranceles de notarios y registradores. Creo que en general esta Ley ha tenido una influencia muy saludable en este mercado, introduciendo competencia y transparencia.

La Ley 36/2003 de medidas de reforma económica, además de modificar la norma antes citada, en el sentido de reducir aún más comisiones, impuestos y aranceles, introdujo una novedad en su artículo 19 que obliga a ofrecer instrumentos de cobertura de los tipos de interés, las conocidas permutas de tipos de interés, swap o intercambio de tipos. La obligación es tal que incluso debe hacerse referencia a ello en la oferta vinculante.

Estos productos son derivados financieros de cierta complejidad y algún riesgo que no siempre son explicados en toda su extensión, de hecho el Servicio de Reclamaciones del Banco de España exige que “con anterioridad a la formalización de la operación se haya facilitado al cliente un documento informativo sobre el instrumento de cobertura ofrecido, en el que se indiquen sus características principales sin omisiones significativas” y hace especial referencia a la cancelación anticipada del contrato de permuta y sus consecuencias. Esta información no se debe estar ofreciendo con tanta claridad, y a continuación veremos porqué.

Actualmente supone un obstáculo para mejorar un préstamo hipotecario mediante una subrogación la existencia de un contrato de permuta, ya que estas prácticamente atan la operación al establecer liquidaciones por su cancelación que exceden con mucho de los beneficios obtenidos con su suscripción. Estos derivados están suponiendo un gran inconveniente para muchas subrogaciones, en las que se producen unas liquidaciones de varios miles de euros no muy fácilmente compresibles desde la óptica de los consumidores, que ven una gran desproporción entre lo que ha podido obtener con la cobertura de tipo y lo que le piden por su cancelación, lo que en muchos casos impide la subrogación por el hecho de tener que hacer frente a una suma más que considerable.

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Una respuesta a Efectos secundarios de las coberturas de tipos de interés

  1. maria dolores garcia borrego dice:

    hace 3 años firme un prestamos con banesto fui al notario y todo bien.cuando llego al banco me hacen firmar un contrato de tipo de interes si no no me daban el prestamo resulta que cada 3 meses he tenido que pagar entre 800 y 1000€ durante 5 años sin autorizacion me hacen transfernecia y voy al cajero y me dicen que lo hable con el director NO ME DAN RESPUESTA voy a sacar dinero MIO de mi cuenta y no me dejan sacarlo y que se me entregue copi de lo que me han obligado a firmar voy poner una hoja de reclamacion Y ME DICEN UNA DE LAS TRABAJADORAS (ESO QUE ES) me voy al notario para que se persone conmigo al banco para poner una hoja de reclamacion y que me de copia de lo que he firmado y no he llegado a firmarlo ante notario lo que yo quiero informacion me dice que el acta me cuesta 120€.El notario me dice que me da copia y resulta que le digo que vale me tiene toda la mañana hasta las 1.55 me llama el director para que me hacerque a retirar el dinero y no tuve mas remedio que ir porque tuve que hacer unos pagos por la caixa si no me lo devuelve y al final pague los 120€ y no pude hacer nada A ESTO HAY DERECHO SIGO SIN RESPUESTA QUISIERA SABER QUE ES EN REALIDAD COBERTURA DE TIPOS por mas que puso reclamacion via internet solo me dice que lo hable con la sucursal y ya viendo que todas las reclamacion se las pasan al director me llamo y me dijo que me iva hacer la vida imposible a la vista esta que por circustacian del trabajo tengo un prestamo pendiente que los e llamado para refinaciar en letras mas pequeñas todos los meses no 2 de 6500€ cada 6 meses los cual no puedo pagar Y SABES LA CONTESTACION buscate finanziacion porque NO TE DAMOS NADA Y TE VAMOS A METER JUDICIALMENTE DICHO POR UN TAL DANIEL LEON DE BANESTO

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